CÓDIGO ÉTICO DE TMCOMAS
TMCOMAS a lo largo de su historia ha promovido una cultura empresarial ética y, en este sentido, este Código Ético pretende seguir en la misma línea, reafirmándonos en una cultura corporativa de absoluto respeto a la ley.
Todas las decisiones que toma TMCOMAS en el desarrollo de su actividad se basan en criterios éticos y de estricto cumplimiento de las leyes que nos afectan, teniendo la administración y la dirección de la compañía, el compromiso inequívoco de transferir a toda la plantilla estos principios éticos.
Para TMCOMAS, su principal activo y elemento diferencial son las personas que forman parte, por ello es fundamental tener un marco de actuación bien definido para garantizar el adecuado desarrollo diario de todas ellas. Un marco que empieza por los valores de la empresa y define las pautas generales de comportamiento alrededor de las cuales se desarrollan todas las actividades, como son la sostenibilidad, la eficiencia, el compromiso y la experiencia.
La voluntad de la aplicación efectiva de estos valores la podemos comprobar en el conjunto de regulaciones que hemos incorporado en nuestro desarrollo de funcionamiento interno.
En la empresa TMCOMAS se realizan auditorías de Prevención de Riesgos, auditorías laborales y auditorías éticas, así como auditorías en materia de Responsabilidad Social Corporativa.
También nos hemos dotado de diferentes órganos y protocolos internos para reafirmar el aspecto ético de nuestra cultura corporativa:
- Comité de Empresa
- Plan de Igualdad
- Protocolo para la prevención y abordaje del acoso sexual y laboral en la empresa.
- Política de Protección de Datos conforme a la Ley Orgánica de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales
- Protocolo de gestión del Sistema Interno de Informaciones
Todas estas pautas y regulaciones internas deben ir acompañadas, en el momento de ponerlas en práctica, de una actitud y un comportamiento ético en nuestro desarrollo habitual, siendo considerados y responsables con los diferentes grupos de interés con los que tenemos relaciones cotidianas.
Este Código Ético tiene como objetivo principal definir nuestro modelo ético de conducta.
¿Qué es el Código Ético?
La Ética es el principio básico para que las empresas del siglo XXI cumplan adecuadamente con sus obligaciones y avalen el equilibrio entre los derechos y las obligaciones de todos los grupos de interés a los que afecta: trabajadores, socios, clientes, empresas proveedoras, empresas de servicios, competencia y sociedad en general.
El Código Ético de TMCOMAS es una norma fundamental que tiene la finalidad primordial de establecer los principios éticos y las pautas básicas de conducta que deben presidir el comportamiento y las actuaciones, tanto a nivel interno o externo, de todas las personas que trabajan en o para TMCOMAS, previniendo, detectando y erradicando las conductas irregulares o contrarias a la ley vigente y aplicable.
Es un marco de comportamiento que no sustituye a la normativa interna ni a las regulaciones, sino que es el principio orientador que las enmarca y complementa.
Este Código Ético ha sido impulsado por la Dirección de TMCOMAS y se compromete a garantizar la comunicación, formación y seguimiento de su correcto uso.
¿A quién afecta?
Este Código Ético afecta al comportamiento de las personas que prestan servicios a TMCOMAS en calidad de socios, administración de la empresa, dirección y, trabajadores y trabajadoras, que deben ajustar su conducta a los estándares establecidos en el mismo.
Igualmente, deben ser conocedores del presente Código la clientela, empresas proveedoras, asesorías y otras personas o entidades que se relacionen con TMCOMAS por razones profesionales o de negocios.
Principios básicos de Conducta
– Cumplir con toda la legislación y obligaciones reguladoras nacionales e internacionales que afecten la actividad de TMCOMAS.
– Fomentar la igualdad de oportunidades y tratar con dignidad, respeto y justicia a todo el personal, sin hacer ninguna discriminación por razón de raza, religión, edad, nacionalidad, sexo o cualquier otra condición personal o social ajena a sus condiciones de mérito y capacidad.
– Se procurará la integración laboral de las personas con discapacidad o minusvalías, eliminando toda clase de barreras en el ámbito de la empresa para su inserción.
– La empresa prohíbe toda forma de violencia, acoso o abuso físico, sexual, psicológico o verbal hacia sus trabajadores, así como cualquier otra conducta que pudiera generar un entorno de trabajo intimidatorio, ofensivo o hostil.
– Garantizar la seguridad e higiene en el trabajo, adoptando toda clase de medidas razonables para maximizar la prevención de riesgos laborales.
– Hacer un uso responsable y confidencial de la información, tanto interna como externa, proporcionada por el desarrollo de nuestro trabajo, en especial de los datos de carácter personal, cumpliendo las disposiciones de la Ley orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales.
– Asegurar un uso adecuado y cuidadoso de los bienes y activos de la empresa, sean físicos (herramientas, vehículos, mobiliario, …), financieros, tecnológicos o relacionados con el capital intelectual, procurando que no se malgasten, malbaraten, dañen o extravíen.
– No acudir al lugar de trabajo bajo los efectos de sustancias tóxicas y/o alcohol ni consumirlos durante nuestra jornada de trabajo.
– Todas las personas que prestan servicios en la empresa deben poner el máximo cuidado en preservar la imagen y reputación de TMCOMAS en todas sus actuaciones profesionales, evitando cualquier conducta que pueda perjudicarla y pueda producir consecuencias adversas para los negocios y la imagen de esta. Esto implica diversas actuaciones, entre ellas:
– Vigilar el respeto y el uso correcto y adecuado de la imagen y reputación corporativa por parte de los miembros de empresas proveedoras y colaboradoras.
– Aplicar la debida diligencia para asegurar la respetabilidad de las empresas con las cuales se trabaja, cumpliendo siempre con la normativa interna establecida e intentando introducir en sus relaciones con ellas, siempre que sea posible, cláusulas de cumplimiento normativo, asegurándose de que cuenten con programas idóneos de compliance y pudiendo realizar, si las circunstancias lo aconsejan, el proceso de Due Diligence de contrapartida, incluyendo en su análisis, el riesgo reputacional de esta.
3a) En relación con los Clientes / Administración Pública.
– No se podrá realizar ni ofrecer de manera directa o indirecta, ningún pago en efectivo o en especie o cualquier otro beneficio a cualquier persona al servicio de cualquier entidad pública o privada, partido político o candidato para un cargo público, con la intención de obtener o mantener ilícitamente negocios u otras ventajas.
– Mantener en todas las relaciones con la clientela el máximo compromiso de honestidad y responsabilidad profesional.
– Ser responsables en la prestación del servicio, buscando la máxima calidad y velando siempre por la seguridad de nuestra clientela.
– Proteger la información y los datos que los clientes nos confían.
– Mantener el principio de neutralidad política, independientemente de las ideas personales de cada uno.
3b) En relación con las Empresas Proveedoras.
– Basar las relaciones con ellas en el beneficio mutuo y la confianza.
– Seleccionar a las empresas proveedoras de manera equitativa y bajo criterios objetivos y transparentes de negocio, sin trato de favor.
– Cumplir nuestros compromisos comerciales, en tiempo, forma y contenido.
– Priorizar aquellas empresas que muestren una actitud responsable ante la Responsabilidad Social y el Medio ambiente.
– El respeto al Código formará parte de los contratos de suministros o de prestación de servicios y, por ello, el Código puede darse como un anexo del contrato.
3c) En relación con el Sector y la Competencia.
– Contribuir con nuestra actuación a la protección y la mejora de la reputación del sector.
– Competir de forma ética en los mercados, siendo respetuosos y evitando la competencia desleal. No captando clientes de otros competidores mediante métodos no éticos.
– Cumplir con los preceptos de la Ley 15/2007 de 3 de julio de Defensa de la Competencia. Y muy especialmente los referidos en el Artículo 1 del Capítulo Primero,
Actuaciones Colusorias, donde se definen las prácticas prohibidas, tales como acuerdos de fijación de precios o reparto del mercado entre otros, que limiten o falseen las reglas del mercado.
Principios básicos de conducta en el uso de Herramientas Informáticas de la empresa.
– Los ordenadores corporativos y todas aquellas herramientas de carácter informático suministradas al personal de la empresa son específicamente para la realización de sus actividades laborales.
– En este sentido, y dado que el correo electrónico, así como Internet, es una herramienta de trabajo, la empresa se reserva la posibilidad de controlar e inspeccionar y acceder a las direcciones de correo para comprobar el uso correcto de las comunicaciones electrónicas y la información transmitida en la red y los documentos electrónicos localizados en los terminales propiedad o facilitados por la empresa, tal como se regula en la normativa interna haciendo uso de equipos informáticos.
– El personal del departamento informático serán los únicos responsables de definir la configuración básica hardware y software de los equipos informáticos, así como de administrar los accesos a Internet. Y podrán revisar el contenido de estos equipos para llevar a cabo su correcto mantenimiento.
– Toda la información creada, almacenada y/o enviada desde los equipos y sistemas informáticos de TMCOMAS es propiedad exclusiva de esta.
– El acceso a los ordenadores corporativos o a aquellos otros equipos informáticos suministrados por la empresa que lo permitan, estarán protegidos por un nombre de usuario y contraseña que se deberán mantener controlados y en secreto, debiendo comunicar cualquier posible riesgo o incidente de seguridad.
– No se podrán instalar aplicaciones de ningún tipo sin el permiso expreso del departamento de informática.
– No se podrá modificar la configuración de los equipos informáticos ni tampoco instalar software sin autorización expresa y por escrito del departamento de informática. Así mismo, sólo el personal autorizado del departamento podrá realizar las tareas de administración de los equipos.
– El uso de los sistemas informáticos de la empresa para usos particulares, debe ser puntual y esporádico y en ningún caso podrá afectar a la actividad laboral. Así mismo, la dirección de la empresa podrá limitar o anular este tipo de usos cuando lo considere necesario.
3d) Protección de Datos
– Las personas que trabajan en TMCOMAS tienen la obligación de guardar estricta confidencialidad sobre la información relacionada con sus clientes, trabajadores, proveedores, empresas proveedoras, productos, servicios y procedimientos de gestión, contables y estratégicos, tanto durante la relación laboral como después de extinguirse.
– No se podrán usar datos, documentos ni información alguna con fines privados o en beneficio propio.
– La información confidencial de la empresa no se puede compartir con personas ajenas a esta, salvo que sea imprescindible y cumpliendo con la Ley Orgánica de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales.
3e) Propiedad Intelectual
– Todos los trabajadores que prestan servicio en TMCOMAS tienen la obligación de proteger los derechos de propiedad intelectual de la empresa. Los derechos de propiedad intelectual, entendiéndose como tales aquellos conocimientos, aplicaciones y procesos, desarrollados dentro de la empresa, son de la exclusiva propiedad de esta.
Código de Conducta de los Directivos y Mandos Intermedios
Las personas que ostentan cargos de responsabilidad tienen el deber y la obligación de ser ejemplares en la aplicación de este Código Ético, velando por su cumplimiento y desarrollo. Además de cumplir las obligaciones que se derivan de su cargo y del presente Código, tendrán las siguientes responsabilidades:
– Conocer y aplicar las disposiciones del Código en relación con sus áreas de actividad y responsabilidad, siendo ejemplos de compromiso e implicación.
– Promover los valores de la empresa y el compromiso con el Código entre sus equipos de trabajo y entre las personas que dependen directamente de su gestión.
– Facilitar y fomentar la formación de sus equipos para conseguir la máxima implantación de este Código.
– Gestionar sus equipos sin realizar ningún tipo de discriminación, promoviendo la diversidad y la igualdad de oportunidades.
– No exigir a su equipo la realización de tareas personales o ajenas a la actividad de la empresa.
– Repartir tareas y responsabilidades de manera equitativa y justa, evitando situaciones de sobrecarga o de infrautilización.
– No aprovecharse de su posición de mando para obtener ningún tipo de beneficio personal.
– La Dirección y los Mandos Intermedios, conociendo y aplicando el contenido del Código Ético de la empresa, son los responsables de difundir y hacer partícipes a todos los trabajadores y las trabajadoras de su cumplimiento.
Política de Protección de Datos
En el ejercicio de su actividad, TMCOMAS obtiene datos de carácter personal de sus clientes, trabajadores, proveedores y demás personas interesadas. Las personas trabajadoras tienen el deber y la obligación de cumplir con la normativa de la Ley Orgánica 3/2018 de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales en la realización de sus funciones y no vulnerar su contenido.
Comité de Igualdad
Las personas trabajadoras de TMCOMAS, tienen a su disposición el Comité de Igualdad de la empresa para tratar de resolver cualquier problema o sugerencia que pueda surgir sobre esta materia.
Plan de Igualdad
La dirección de la empresa promueve la igualdad entre mujeres y hombres, desarrollando el Plan de Igualdad, comprometiéndose a hacer efectivo y velar por su cumplimiento.
Protocolo de Acoso Laboral
Las personas trabajadoras de TMCOMAS tienen derecho a desarrollar su actividad laboral en un entorno seguro, respetuoso y profesional. Por ello, la dirección de la empresa ha implantado un protocolo para la prevención y el abordaje del acoso laboral.
Sistema Interno de Informaciones
La dirección de TMCOMAS ha desarrollado y mantiene implantado un sistema de prevención de riesgos penales que incluye la figura del compliance officer y un canal ético de comunicación con la finalidad de prevenir y detectar posibles delitos que pudieran cometerse en el desarrollo de la actividad de la empresa.
La persona designada como compliance officer se encarga de la supervisión y control del correcto funcionamiento del Sistema Interno de Informaciones y del canal ético de comunicación, siendo la persona responsable de su gestión.
El canal ético de comunicación es una herramienta que permite a cualquier persona trabajadora, proveedor o cliente, informar de manera confidencial y segura sobre posibles conductas irregulares, ilegales o contrarias al Código Ético de la empresa.
ACCIONES A DESARROLLAR DEL PLAN DE IGUALDAD.
Acción 01.01
| Garantizar el avance de la incorporación del enfoque de género en las políticas, procedimientos y acciones de las diferentes áreas de actuación de la empresa. |
Descripción | Revisión de toda la documentación interna para asegurar que esté correctamente redactada con lenguaje inclusivo. |
Responsable | Comisión de Igualdad |
Plazo de aplicación | Segundo semestre de 2022 |
Acción 01.02
| Garantizar el avance de la incorporación del enfoque de género en las políticas, procedimientos y acciones de las diferentes áreas de actuación de la empresa. |
Descripción | Creación de un protocolo de actuación en riesgos laborales y psicosociales que incluya la perspectiva de género. |
Responsable | Comisión de Igualdad |
Plazo de aplicación | Primer trimestre de 2023 |
Acción 01.03
| Garantizar el avance de la incorporación del enfoque de género en las políticas, procedimientos y acciones de las diferentes áreas de actuación de la empresa. |
Descripción | Creación de un protocolo de actuación ante posibles casos de acoso sexual o de discriminación por sexo y/o género. |
Responsable | Comisión de Igualdad |
Plazo de aplicación | Primer trimestre de 2023 |
Acción 02.01
| Aumentar la presencia de las mujeres en áreas con baja representación considerando la oferta y demanda del mercado laboral. |
Descripción | Continuar promoviendo la educación tanto dentro como fuera del sector del metal y la formación profesional para atraer más profesionales mujeres. Queremos despertar vocaciones para captar el talento. |
Responsable | Comisión de Igualdad |
Plazo de aplicación | Segundo semestre de 2023 |
Acción 02.02
| Aumentar la presencia de las mujeres en aquellas áreas donde tienen una baja representación considerando la oferta y la demanda del mercado laboral. |
Descripción | Seguir y potenciar la comunicación interna y externa de la empresa de manera igualitaria, visibilizando a las mujeres del equipo para mostrar referentes femeninos en el sector. |
Responsable | Comisión de Igualdad |
Plazo de aplicación | Primer trimestre de 2024 |
Acción 03
| Mejorar las posibilidades de la conciliación personal, familiar y laboral. |
Descripción | Aunque la empresa permite y facilita la conciliación personal, familiar y laboral, se compromete a revisar cada caso esforzándose al máximo para que la plantilla pueda disfrutar de este servicio sin perjudicar ni a la empresa, ni al resto de compañeros de la plantilla ni al trabajo de los clientes. |
Responsable | Comisión de Igualdad |
Plazo de aplicación | Primer trimestre de 2024 |
Acción 04.01
| Garantizar las condiciones internas necesarias para luchar contra los casos de acoso sexual, actitudes y trato discriminatorio. |
Descripción | Formación: ¿Qué es la Igualdad de género? ¿Qué es un Plan de Igualdad y por qué es necesario? ¿Qué son los micromachismos? |
Responsable | Comisión de Igualdad |
Plazo de aplicación | Segundo trimestre de 2024 |
Acción 04.02
| Garantizar las condiciones internas necesarias para combatir los casos de acoso sexual, actitudes y trato discriminatorio. |
Descripción | Creación de un protocolo de promoción interna que, de manera preventiva, evite futuras situaciones de desconfianza en cuanto a igualdad de condiciones a la hora de promocionarse internamente en la empresa. |
Responsable | Comisión de Igualdad |
Plazo de aplicación | Primer semestre de 2025 |
CALENDARIO DEL PLAN D IGUALDAD.
| 2022 | 2023 | 2024 | 2025 |
Acción 01.01 | 2º semestre |
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Acción 01.02 |
| 1º trimestre |
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Acción 01.03 |
| 1º trimestre |
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Acción 02.01 |
| 2º semestre |
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Acción 02.02 |
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| 1º trimestre |
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Acción 03 |
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| 1º trimestre |
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Acción 04.01 |
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| 2º semestre |
|
Acción 04.02 |
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| 1º trimestre |
Inicio preparación nuevo plan |
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| 2º semestre |
SISTEMA DE SEGUIMIENTO, EVALUACIÓN Y REVISIÓN PERIÓDICA
Para asegurar la implementación efectiva del plan, la comisión negociadora se compromete a transformarse en comisión de seguimiento.
Esta comisión estará compuesta por cuatro personas: una representación del departamento de Recursos Humanos, una representación de la dirección, una representación del Comité Sindical de la empresa y una representación de la plantilla. Estas representaciones deberán ser siempre equitativas (dos mujeres y dos hombres). Se ha elegido este modelo por considerarse el más adecuado para la realidad de la empresa, ya que representa a la dirección, al personal de oficina, al sindicato y al personal del taller.
La comisión de seguimiento se compromete a reunirse cada semestre para revisar y evaluar la situación y el progreso en la implementación de las acciones.
Dado que existe una muy buena relación entre las partes, así como una gran voluntad y confianza mutua en la aplicación del plan, la comisión de seguimiento se compromete a que todas las acciones y/o modificaciones sean tomadas por acuerdo unánime o, en su defecto, por mayoría absoluta. En caso de no llegar a un acuerdo, se solicitará la participación de una persona técnica y experta externa a la empresa para ayudar a resolver el desacuerdo, que nuevamente se resolverá por unanimidad.